martes, 8 de marzo de 2011

Sí, un Ministro es mas que el vicepresidente

El Ingeniero Julio Cobos declaró: "“No es un ministro más que el vicepresidente, no se lo puede atar tampoco a la voluntad ni a las decisiones que se tomen a nivel presidencial, sin siquiera poder participar en la discusión”
Lamentamos decirle que eso no figura en ningún lugar de la Constitución Nacional. El Art. 57 dice: "El vicepresidente de la Nación será presidente del Senado". El Art. 88 señala: "En caso de enfermedad, ausencia de la Capital, muerte, renuncia o destitución del Presidente, el Poder Ejecutivo será ejercido por el vicepresidente
de la Nación."
Por el contrario, son tajantes tanto el Art. 87: "El Poder Ejecutivo de la Nación será desempeñado por un ciudadano con el título de "Presidente de la Nación Argentina", como el Art. 99: "El Presidente de la Nación tiene las siguientes atribuciones:..." y allí enumera, en 20 incisos, sus atribuciones. También hay un Capítulo entero (el Cuarto, desde el Art. 100 al 107) dedicado al Jefe de Gabinete de Ministros y al resto de sus integrantes. Para el vicepresidente no hay más líneas que las mencionadas mas arriba. La única finalidad del cargo de Vicepresidente en nuestro ordenamiento jurídico es esa. Quienes se dicen tan republicanos e institucionalistas deberían leer la Constitución Nacional Argentina.